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Paseo José Martí 300, Reforma, 91919 Veracruz, Ver.
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A través del Suplemento del Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2023, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de junio de 2023, se eliminaron diversas Normas Oficiales Mexicanas (NOM) relacionadas con la salud.
Prevención y control de enfermedades bucales.
Establecía los criterios y procedimientos para la prevención, detección, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades bucales más frecuentes. También regulaba las estrategias de vigilancia epidemiológica que debían aplicarse en todos los consultorios y establecimientos médicos del país.
Prestación de servicios de salud en unidades de atención integral hospitalaria médico-psiquiátrica.
Definía los criterios de operación y organización de las unidades de atención psiquiátrica integral, garantizando la continuidad, calidad y respeto a los derechos humanos de los pacientes.
Prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama.
Establecía los lineamientos para la promoción de la salud, prevención, diagnóstico y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama. Indicaba que la autoexploración debía promoverse a partir de los 20 años y que las acciones debían ser obligatorias para todo el personal del Sistema Nacional de Salud.
Asistencia social. Prestación de servicios de asistencia social para niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo y vulnerabilidad.
Definía las características y requisitos mínimos que debían observarse en establecimientos públicos o privados dedicados a la atención social de menores en situación de vulnerabilidad.
El artículo 29, párrafo cuarto de la Ley de Infraestructura de la Calidad establece que el Suplemento del Programa debe integrarse y publicarse cada año antes del 30 de agosto. Las autoridades normalizadoras tienen hasta el 30 de mayo para enviar propuestas de modificación, por lo que se aceleró la publicación para cumplir con los plazos legales.
Es importante recordar el principio de progresividad, que impide eliminar una ley, norma o reglamento sin que se otorgue un mejor derecho en su lugar. La eliminación de estas NOM plantea interrogantes sobre la protección de los derechos en salud pública y la continuidad de las obligaciones normativas.
Fuente: Diario Oficial de la Federación — Publicación del 1 de junio de 2023